Reclamaciones de cantidad


Cuando un trabajador, además de ser despedido tiene cantidades que no han sido abonadas por parte del empresario, debe llevar a cabo la acción que se denomina reclamación de cantidad.

Se trata de un procedimiento judicial iniciado por el trabajador, en el que se exige a la empresa el pago de la cantidad económica que no haya sido abonada no sólo durante la relación laboral, sino en la finalización de la misma.

Este procedimiento se encuentra recogido en el Estatuto de los Trabajadores, al igual que la regulación del despido, concretamente en el artículo 29, que establece que la reclamación de cantidad se puede solicitar el 10%del interés anual moratorio laboral, pero únicamente de la cantidad correspondiente a los conceptos salariales de la nómina. Para este tipo de acción, el trabajador dispondrá de un año para reclamar al empresario todas las cantidades adeudadas.

Si tu empresa te debe una o varias nóminas, experimentas retrasos reiterados o falta de pago de indemnizaciones, finiquitos, etc debes saber que todo ello lo puedes reclamar ante las autoridades laborales. Las circunstancias económicas negativas por las que pase la empresa no son una justificación para renunciar a ejercer tus derechos.

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